Qué hacer si eres víctima de una negligencia médica

“Todos nosotros en algún momento de nuestra vida hemos tenido que acudir al médico y someternos a un tratamiento. El resultado, la mayoría de las veces, es satisfactorio y rápidamente nos olvidamos del tema. Sin embargo, existen algunos casos en los que somos víctimas de una mala práctica médica que deja secuelas temporales o permanentes. Hay tres frentes básicos antes los cuales podemos acudir, señala el especialista Yuri Vega del Estudio de Abogados Muñiz: la vía civil, la penal y el INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (en otros países, un instituto de defensa de los consumidores).

VÍA CIVIL

Un camino es seguir un proceso judicial civil. En esta opción lo que busca el afectado es que se le pague un monto de dinero por el daño causado, el cual puede incluir los efectos patrimoniales del daño (tratamiento para reparar el daño -daño emergente- y las pérdidas a futuro por el daño causado -lucro cesante-) y los efectos no patrimoniales que es la repercusión del daño sobre la vida general de la víctima (frustración de su proyecto de vida).

Aquí la sanción es contra el médico y podría ir contra la institución de salud, siempre que exista vinculación de subordinación o dependencia. Si bien este proceso no debería tomar más de tres años, en la práctica, si llega a la Corte Suprema, toma hasta seis años.

VÍA PENAL

Otro camino es el inicio de un proceso penal, el cual dependerá del tipo de resultados que genere la mala práctica (muerte, lesiones graves o leves). Esta vía, que puede incluso iniciarse de oficio en caso de muerte, busca satisfacer el interés del Estado e inhabilitar al médico. Si bien la víctima puede participar y pedir una indemnización, en la práctica el monto que recibirá es mucho menor al de un proceso civil, dice Vega. En este caso el proceo dura hasta cinco años.

VÍA INDECOPI

La institución de protección al consumidor examinará la idoneidad del servicio y de encontrar responsabilidad sancionará al médico, a la institución médica o a ambos, si importar si existe relación de dependencia o no. Si bien esta vía es rápida, pues no demorará más de dos años, el afectado no podrá cobrar una indemnización pues normalmente estas Entidades no tienen facultades para ello y sólo podría pedir que se le devuelvan los pagos.

¿CÓMO PROBAR LA MALA PRÁCTICA?

Yuri Vega señala que para probar la negligencia médica es necesario tener la historia clínica del paciente (no manipulada) rescatada por el auditor médico, pues si desaparece el documento ya no habría pruebas. Además se requiere la opinión de un experto ajeno al hecho que pueda determinar si se debió a un error en la terapia o a un error en la intervención.

DATOS PUNTUALES

  • Algunas clínicas cuentan con un seguro para poder hacer frente al pago de indemnizaciones en caso de una denuncia por mala práctica.
  • Actualmente las compañías de seguros cuentan con seguros de responsabilidad civil.
  • Los diferentes tipos de seguro de responsabilidad civil son: extracontractual, contractual, patronal, por productos, profesional o por errores u omisiones.
  • Para una clínica el seguro utilizado podría ser el de responsabilidad civil extracontractual o el de responsabilidad civil profesional.
  • En todos estos casos la indemnización no es inmediata, debería presentarse primero una demanda”.
Adaptado de Gestión.
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